Propone reconocer derecho de usuarios a que se transfiera hasta por tres meses cualquier balance pendiente de consumir .
EN SANTO DOMINGO, 05 Junio, 2017: El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) emitió por unanimidad la resolución número 024-17 mediante la cual ordenó el inicio del proceso de consulta pública para dictar el Reglamento que establece los derechos y obligaciones de los usuarios y las prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones.
La medida tiene por objeto establecer un listado general de derechos y obligaciones básicas de usuarios y prestadoras, a los fines de que estas constituyan un régimen de protección de los consumidores de los servicios públicos de telecomunicaciones, en adición a los previstos en la Ley y la normativa aplicables, destacó un documento de prensa del Indotel.
Señala que la resolución fue aprobada por los miembros del Consejo Directivo del Indotel, integrado por José Del Castillo Saviñón, presidente; los consejeros Fabricio Gómez Mazara, Marcos Peña Rodríguez, Nelson Guillén Bello e Yván Rodríguez, miembro ex oficio en representación del Ministro de Economía, Planificacion y Desarrollo.
Indica que los derechos de los usuarios que desarrolla esta normativa incluyen aquellos sobre la libertad de elección; el acceso a información; la facturación; la continuidad y calidad del servicio; sobre las reclamaciones; la suspensión temporal del servicio; a la privacidad y protección de sus datos personales; a la no discriminación y sobre el tratamiento de los saldos no consumido”, señala la resolución.
Subraya que la propuesta regulatoria establece el derecho a que se le transfiera por hasta tres meses cualquier balance que haya quedado pendiente de consumir por parte del usuario.
Establece que la medida, en específico, implanta para los clientes con planes de factura que “… el usuario tiene el derecho a que el saldo no consumido en ese periodo de facturación, se transfiera al período siguiente por hasta tres períodos de facturación, para que puedan ser consumidos inmediatamente, previo a las unidades de consumo incluidas en el nuevo período”.
Destaca, asimismo, que para los clientes de servicios bajo la modalidad prepago se plantea: “Los usuarios de servicios pre pagados tienen derecho a hacer uso de los saldos no consumidos durante su período de vigencia.
La resolución explica que el saldo no consumido debe ser reconocido y traspasado, siempre y cuando el usuario realice una recarga en los siguientes 90 días posteriores al vencimiento de la vigencia.
En tal sentido, establece que el consumo del saldo transferido se realizará antes del nuevo saldo adquirido”, ya que según señala la resolución, en la actualidad varios productos ofrecidos por la concesionaria tienen esquemas de traspaso de saldos no consumidos (o rollover) bajo condiciones establecidas sin ninguna regulación.
La norma propuesta, además, busca establecer derechos básicos a los usuarios, establece las obligaciones, así como derechos y deberes de las prestadoras.
La resolución emitida por el Consejo Directivo del Indotel señala que esta norma derogaría los artículos 5, 6, y 7 del Reglamento de Solución de Controversias entre Usuarios y Prestadoras, el cual fue modificado por la Resolución 013-17 el pasado 22 de febrero y publicado el 15 de marzo.
El proceso de consulta pública dispuesto por la resolución 24-17, otorgará un plazo de 30 días a partir de la publicación de dicha resolución, para que todos los interesados puedan remitir por escritos sus comentarios al órgano regulador previo el dictamen del reglamento definitivo.
Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones
Indotel