Suprema corte de justicia rechaza recurso de casación del consejo estatal del azúcar y falla favor de ciudadano - Campesino Digital

Notas:

sábado, 30 de mayo de 2015

Suprema corte de justicia rechaza recurso de casación del consejo estatal del azúcar y falla favor de ciudadano


Por Alejandro Paulino.


La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia   rechazó el recurso de casación interpuesto por el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) contra una sentencia en materia de amparo del Tribunal Superior Administrativo que los obliga a entregar información al señor Allan de Jesús Tiburcio Andrickson.

Dicha sentencia marcada con el número 180-2015 fue fallada en fecha 29 de Abril de este año y en la misma la alta corte consideró que no es necesario justificar ni indicar los motivos por los cuales un ciudadano desea informaciones publicas de una entidad estatal, en este caso la nomina de personal del Consejo Estatal del Azúcar.

El ciudadano ejerció uso del derecho de Acceso a la Información Pública lo que fue negado por el CEA la cual alegaba que debía motivar las razones por la cuales requiere la nomina de personal de la institución Estatal, a lo que el tribunal respondió que según el literal “d” del artículo 7 de la Ley 200-04 declara que “esto no constituye un requerimiento solemne ni sacramental, por lo que en modo alguno puede impedir el más amplio acceso del solicitante a dicha información ni otorga al funcionario la facultad de rechazar la solicitud”.

El Sr. Tiburcio Andrickson al ver que el Consejo Estatal del Azúcar recurrió en casación la sentencia de amparo, procedió a ser representado y defendido en la Suprema Corte de Justicia por su abogado Lic. Alejandro Alberto Paulino Vallejo, quien a su vez es Director Ejecutivo del Movimiento Cívico Ciudadanos Contra la Corrupción (C3).

El recurso de casación fue interpuesto contra la sentencia dictada en atribuciones de amparo por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el 26 de agosto del año 2010, que otorgó el derecho al ciudadano de recibir la información de los nombres y otros datos de los empleados del CEA como así lo solicitó.

Como se recordara el Ciudadano, se hizo famoso por interponer más de 30 recursos de amparo por violación a la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, dentro de las cuales se recuerdan los casos en los que obtuvo Sentencias a favor en el Tribunal Constitucional contra la Junta Central Electoral, las FF. AA.. Sometimientos también a los Partidos Políticos, en fin a una gran parte de las Instituciones del Estado Dominicano.

 En los próximos días retirara sentencia del Tribunal Superior Administrativo y se actuara en consecuencia.  En lo adelante, estará solicitando a otros ciudadanos que le colaboren con investigar en los portales de Internet los diferentes parámetros que por la citada Ley deben estar disponibles, su idea es EVITAR la corrupción en vez de creer que habrá sentencias condenatorias por malos manejos de fondos públicos. A su criterio se necesitan más Ciudadanos comprometidos con la República Dominicana, todos deberíamos estar revisando en el  Internet  todas las instancias, como Ayuntamientos, ONGs, y las demás instituciones del Estado Dominicano.

Referencia: Sentencia de la Suprema Corte de Justicia

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